Índice
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CC90
CCCódigo Civil
▶LIBRO TERCERO. De los diferentes modos de adquirir la propiedad
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▶TÍTULO PRELIMINAR. De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia
▶CAPÍTULO I. Fuentes del derecho
▶CAPÍTULO II. Aplicación de las normas jurídicas
▶CAPÍTULO III. Eficacia general de las normas jurídicas
▶CAPÍTULO IV. Normas de derecho internacional privado
▶CAPÍTULO V. Ámbito de aplicación de los regímenes jurídicos civiles coexistentes en el territorio nacional
▶TÍTULO I. De los españoles y extranjeros
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▶TÍTULO II. Del nacimiento y de la extinción de la personalidad civil
▶CAPÍTULO I. De las personas naturales
▶CAPÍTULO II. De las personas jurídicas
▶TÍTULO III. Del domicilio
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▶TÍTULO IV. Del matrimonio
▶CAPÍTULO I. De la promesa de matrimonio
▶CAPÍTULO II. De los requisitos del matrimonio
▶CAPÍTULO III. De la forma de celebración del matrimonio
▶CAPÍTULO IV. De la inscripción del matrimonio en el Registro Civil
▶CAPÍTULO V. De los derechos y deberes de los cónyuges
▶CAPÍTULO VI. De la nulidad del matrimonio
▶CAPÍTULO II. Del matrimonio canónico
▶CAPÍTULO VII. De la separación
▶CAPÍTULO III. Del matrimonio civil
▶CAPÍTULO VIII. De la disolución del matrimonio
▶CAPÍTULO IX. De los efectos comunes a la nulidad, separación y divorcio
▶Sección tercera. De la nulidad del matrimonio
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▶CAPÍTULO X. De las medidas provisionales por demanda de nulidad, separación y divorcio
▶CAPÍTULO XI. Ley aplicable a la nulidad, la separación y el divorcio.
▶TÍTULO V. De la paternidad y filiación
▶CAPÍTULO I. De la filiación y sus efectos
▶CAPÍTULO II. De la determinación y prueba de la filiación
▶CAPÍTULO II. De las pruebas de la filiación de los hijos legítimos
▶CAPÍTULO III. De los hijos legitimados
▶CAPÍTULO IV. De los hijos ilegítimos
▶TÍTULO VI. De los alimentos entre parientes
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▶TÍTULO VII. De las relaciones paterno-filiales
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. Efectos de la patria potestad respecto a las personas de los hijos
▶CAPÍTULO III. De los efectos de la patria potestad respecto a los bienes de los hijos
▶CAPÍTULO II. De la representación legal de los hijos
▶CAPÍTULO III. De los bienes de los hijos y de su administración
▶CAPÍTULO IV. De los modos de acabarse la patria potestad
▶CAPÍTULO IV. De la extinción de la patria potestad
▶CAPÍTULO V. De la adopción y otras formas de protección de menores
▶CAPÍTULO V. De la adopción
▶TÍTULO VIII. De la ausencia
▶CAPÍTULO I. Declaración de la ausencia y sus efectos.
▶CAPÍTULO II. De la declaración de ausencia
▶CAPÍTULO III. De la administración de los bienes del ausente
▶CAPÍTULO IV. De la presunción de muerte del ausente
▶CAPÍTULO II. De la declaración de fallecimiento
▶CAPÍTULO V. De los efectos de la ausencia relativamente a los derechos eventuales del ausente
▶CAPÍTULO III. De la inscripción en el Registro Civil
▶TÍTULO IX. De la tutela y de la guarda de los menores
▶CAPÍTULO I. De la tutela
▶CAPÍTULO II. De la tutela testamentaria
▶CAPÍTULO III. De la tutela legítima
▶TÍTULO X. De la tutela, de la curatela y de la guarda de los menores o incapacitados
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De la tutela
▶CAPÍTULO IV. De la tutela dativa
▶CAPÍTULO V. Del protutor
▶CAPÍTULO II. Del defensor judicial del menor
▶CAPÍTULO III. De la guarda de hecho del menor
▶TÍTULO X. De la mayor edad y de la emancipación
▶CAPÍTULO VII. De las excusas de tutela y protutela
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▶TÍTULO XI. De las medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO VIII. Del afianzamiento de la tutela
▶CAPÍTULO II. De las medidas voluntarias de apoyo
▶CAPÍTULO IX. Del ejercicio de la tutela
▶CAPÍTULO III. De la guarda de hecho de las personas con discapacidad
▶CAPÍTULO IV. De la curatela
▶CAPÍTULO X. De las cuentas de la tutela
▶CAPÍTULO III. De la curatela
▶CAPÍTULO XI. Del registro de las tutelas
▶TÍTULO X. Del consejo de familia
▶CAPÍTULO V. Del defensor judicial de la persona con discapacidad
▶CAPÍTULO VI. Responsabilidad por daños causados a otros
▶Sección primera. De la formación del consejo de familia
▶Sección 2.ª De la curatela en casos de prodigalidad
▶TÍTULO XII. Disposiciones comunes
▶CAPÍTULO V. De la guarda de hecho
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▶TÍTULO I. De la clasificación de los animales y de los bienes
▶CAPÍTULO I. De los bienes inmuebles
▶CAPÍTULO II. De los bienes muebles
▶CAPÍTULO III. De los bienes según las personas a que pertenecen
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333 bis
▶TÍTULO II. De la propiedad
▶CAPÍTULO I. De la propiedad en general
▶CAPÍTULO II. Del derecho de accesión
▶CAPÍTULO III. Del deslinde y amojonamiento
▶CAPÍTULO IV. Del derecho de cerrar las fincas rústicas
▶CAPÍTULO V. De los edificios ruinosos y de los árboles que amenazan caerse
▶TÍTULO III. De la comunidad de bienes
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▶TÍTULO IV. De algunas propiedades especiales
▶CAPÍTULO I. De las aguas
▶CAPÍTULO II. De los minerales
▶CAPÍTULO III. De la propiedad intelectual
▶TÍTULO V. De la posesión
▶CAPÍTULO I. De la posesión y sus especies
▶CAPÍTULO II. De la adquisición de la posesión
▶CAPÍTULO III. De los efectos de la posesión
▶TÍTULO VI. Del usufructo, del uso y de la habitación
▶CAPÍTULO I. Del usufructo
▶CAPÍTULO II. Del uso y de la habitación
▶TÍTULO VII. De las servidumbres
▶CAPÍTULO I. De las servidumbres en general
▶CAPÍTULO II. De las servidumbres legales
▶CAPÍTULO III. De las servidumbres voluntarias
▶TÍTULO VIII. Del Registro de la Propiedad
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▶TÍTULO I. De la ocupación
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▶TÍTULO II. De la donación
▶CAPÍTULO I. De la naturaleza de las donaciones
▶CAPÍTULO II. De las personas que pueden hacer o recibir donaciones
▶CAPÍTULO III. De los efectos y limitaciones de las donaciones
▶CAPÍTULO IV. De la revocación y reducción de las donaciones
▶TÍTULO III. De las sucesiones
▶CAPÍTULO I. De los testamentos
▶CAPÍTULO II. De la herencia
▶CAPÍTULO III. De la sucesión intestada
▶CAPÍTULO IV. Del orden de suceder según la diversidad de líneas
▶CAPÍTULO V. Disposiciones comunes a las herencias por testamento o sin él
▶CAPÍTULO VI. De la colación y partición
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▶TÍTULO I. De las obligaciones
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De la naturaleza y efecto de las obligaciones
▶CAPÍTULO III. De las diversas especies de obligaciones
▶CAPÍTULO IV. De la extinción de las obligaciones
▶CAPÍTULO V. De la prueba de las obligaciones
▶TÍTULO II. De los contratos
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De los requisitos esenciales para la validez de los contratos
▶CAPÍTULO III. De la eficacia de los contratos
▶CAPÍTULO IV. De la interpretación de los contratos
▶CAPÍTULO V. De la rescisión de los contratos
▶CAPÍTULO VI. De la nulidad de los contratos
▶TÍTULO III. Del régimen económico matrimonial
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De las capitulaciones matrimoniales
▶CAPÍTULO II. De las donaciones por razón de matrimonio
▶CAPÍTULO III. De las donaciones por razón de matrimonio
▶CAPÍTULO IV. De la sociedad de gananciales
▶CAPÍTULO IV. De los bienes parafernales
▶CAPÍTULO V. De la sociedad de gananciales
▶CAPÍTULO V. Del régimen de participación
▶CAPÍTULO VI. De la separación de los bienes de los cónyuges y de su administración por la mujer durante el matrimonio
▶CAPÍTULO VI. Del régimen de separación de bienes
▶TÍTULO IV. Del contrato de compra y venta
▶CAPÍTULO I. De la naturaleza y forma de este contrato
▶CAPÍTULO II. De la capacidad para comprar o vender
▶CAPÍTULO III. De los efectos del contrato de compra y venta cuando se ha perdido la cosa vendida
▶CAPÍTULO IV. De las obligaciones del vendedor
▶CAPÍTULO V. De las obligaciones del comprador
▶CAPÍTULO VI. De la resolución de la venta
▶CAPÍTULO VII. De la transmisión de créditos y demás derechos incorporales
▶CAPÍTULO VIII. Disposición general
▶TÍTULO V. De la permuta
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1540
1541
▶TÍTULO VI. Del contrato de arrendamiento
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas
▶CAPÍTULO III. Del arrendamiento de obras y servicios
▶TÍTULO VII. De los censos
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. Del censo enfitéutico
▶CAPÍTULO III. Del censo consignativo
▶CAPÍTULO IV. Del censo reservativo
▶TÍTULO VIII. De la sociedad
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De las obligaciones de los socios
▶CAPÍTULO III. De los modos de extinguirse la sociedad
▶TÍTULO IX. Del mandato
▶CAPÍTULO I. De la naturaleza, forma y especies del mandato
▶CAPÍTULO II. De las obligaciones del mandatario
▶CAPÍTULO III. De las obligaciones del mandante
▶CAPÍTULO IV. De los modos de acabarse el mandato
▶TÍTULO X. Del préstamo
▶CAPÍTULO I. Del comodato
▶CAPÍTULO II. Del simple préstamo
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▶TÍTULO XI. Del depósito
▶CAPÍTULO I. Del depósito en general y de sus diversas especies
▶CAPÍTULO II. Del depósito propiamente dicho
▶CAPÍTULO III. Del secuestro
▶TÍTULO XII. De los contratos aleatorios o de suerte
▶CAPÍTULO II. Del contrato de alimentos
▶CAPÍTULO III. Del juego y de la apuesta
▶CAPÍTULO IV. De la renta vitalicia
1790
▶TÍTULO XIII. De las transacciones y compromisos
▶CAPÍTULO I. De las transacciones
▶CAPÍTULO II. De los compromisos
▶TÍTULO XIV. De la fianza
▶CAPÍTULO I. De la naturaleza y extensión de la fianza
▶CAPÍTULO II. De los efectos de la fianza
▶CAPÍTULO III. De la extinción de la fianza
▶CAPÍTULO IV. De la fianza legal y judicial
▶TÍTULO XV. De los contratos de prenda, hipoteca y anticresis
▶CAPÍTULO I. Disposiciones comunes a la prenda y a la hipoteca
▶CAPÍTULO II. De la prenda
▶CAPÍTULO III. De la hipoteca
▶CAPÍTULO IV. De la anticresis
▶TÍTULO XVI. De las obligaciones que se contraen sin convenio
▶CAPÍTULO I. De los cuasi contratos
▶CAPÍTULO II. De las obligaciones que nacen de culpa o negligencia
▶TÍTULO XVII. De la concurrencia y prelación de créditos
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De la clasificación de créditos
▶CAPÍTULO III. De la prelación de créditos
▶TÍTULO XVIII. De la prescripción
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
▶CAPÍTULO II. De la prescripción del dominio y demás derechos reales
▶CAPÍTULO III. De la prescripción de las acciones
D.A. 1ª
D.A. 2ª
D.A. 3ª
D.A. 4ª
D.T. 1ª
D.T. 2ª
D.T. 3ª
D.T. 4ª
D.T. 5ª
D.T. 6ª
D.T. 7ª
D.T. 8ª
D.T. 9ª
D.T. 10ª
D.T. 11ª
D.T. 12ª
D.T. 13ª

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CC
Código Civil
Real Decreto de 24 de julio de 1889
TÍTULO IV. Del matrimonio · CAPÍTULO IX. De los efectos comunes a la nulidad, separación y divorcio
90

Artículo 90

1. El convenio regulador a que se refieren los artículos 81, 82, 83, 86 y 87 deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:

a) El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.

b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.

b) bis El destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal.

c) La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.

d) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.

e) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.

f) La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.

2. Los acuerdos de los cónyuges adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación y divorcio presentados ante el órgano judicial serán aprobados por el juez salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.

Si fueran gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía, la autoridad judicial ordenará las medidas a adoptar, sin perjuicio del convenio aprobado.

Si las partes proponen un régimen de visitas y comunicación de los nietos con los abuelos, el juez podrá aprobarlo previa audiencia de los abuelos en la que estos presten su consentimiento. La denegación de los acuerdos habrá de hacerse mediante resolución motivada y en este caso los cónyuges deberán someter, a la consideración del juez, nueva propuesta para su aprobación, si procede.

Cuando los cónyuges formalizasen los acuerdos ante el letrado de la Administración de Justicia o notario y éstos considerasen que, a su juicio, alguno de ellos pudiera ser dañoso o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges o para los hijos mayores o menores emancipados afectados, o gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía, lo advertirán a los otorgantes y darán por terminado el expediente. En este caso, los cónyuges sólo podrán acudir ante el juez para la aprobación de la propuesta de convenio regulador.

Desde la aprobación del convenio regulador o el otorgamiento de la escritura pública, podrán hacerse efectivos los acuerdos por la vía de apremio.

3. Las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges.

Asimismo, podrá modificarse el convenio o solicitarse modificación de las medidas sobre los animales de compañía si se hubieran alterado gravemente sus circunstancias.

Las medidas que hubieran sido convenidas ante el letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública podrán ser modificadas por un nuevo acuerdo, sujeto a los mismos requisitos exigidos en este Código.

4. El juez o las partes podrán establecer las garantías reales o personales que requiera el cumplimiento del convenio.

Se añade la letra b) bis al apartado 1 y se modifican los apartados 2 y 3 por el art. 1.1 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-20727#ap

Se modifica por la disposición final 1.23 de la Ley 15/2015, de 2 de julio. Ref. BOE-A-2015-7391#dfprimera.

Se modifican el primer párrafo y la letra a) por el art.1.7 de la Ley 15/2005, de 8 de julio. Ref. BOE-A-2005-11864.

Se reordenan las letras B) a E) como C) a F), se añade una nueva letra B) y se modifica el antepenúltimo párrafo por el art. 1.1 y 2 de la Ley 42/2003, de 21 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21338.

Se modifica por el art. 1 de la Ley 30/1981, de 7 de julio. Ref. BOE-A-1981-16216.

Texto oficial extraído del BOE · Legislación consolidada