CE
Constitución Española
BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978
TÍTULO X. De la reforma constitucional
166Artículo 166
La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87.
Texto oficial extraído del BOE · Legislación consolidada
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