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▶TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
1Objeto de la Ley
2Ámbito subjetivo de aplicación
▶TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento
▶CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado
▶CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo
▶TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas
▶CAPÍTULO I. Normas generales de actuación
13Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas
14Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas
15Lengua de los procedimientos
16Registros
17Archivo de documentos
18Colaboración de las personas
19Comparecencia de las personas
20Responsabilidad de la tramitación
21Obligación de resolver
22Suspensión del plazo máximo para resolver
23Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar
24Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado
25Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio
26Emisión de documentos por las Administraciones Públicas
27Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas
28Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo
▶CAPÍTULO II. Términos y plazos
▶TÍTULO III. De los actos administrativos
▶CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos
▶CAPÍTULO II. Eficacia de los actos
▶CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad
▶TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común
▶CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento
▶CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento
▶CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento
▶CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento
▶CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento
▶CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común
▶CAPÍTULO VII. Ejecución
▶TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa
▶CAPÍTULO I. Revisión de oficio
▶CAPÍTULO II. Recursos administrativos
▶TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones
127Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley
128Potestad reglamentaria
129Principios de buena regulación
130Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación
131Publicidad de las normas
132Planificación normativa
133Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos
D.A. 1ªEspecialidades por razón de materia
D.A. 2ªAdhesión de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales a las plataformas y registros de la Administración General del Estado
D.A. 3ªNotificación por medio de anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
D.A. 4ªOficinas de asistencia en materia de registros
D.A. 5ªActuación administrativa de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos legislativos y de control autonómicos
D.A. 6ªSistemas de identificación y firma previstos en los artículos 9.2 c) y 10.2 c)
D.A. 7ª
D.A. 8ªResoluciones de Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que establezcan las condiciones de uso de sistemas de identificación y/o firma no criptográfica
D.A. 9ªSuspensión de plazos administrativos en los acuerdos de declaración de zonas afectadas gravemente por emergencias de protección civil
D.T. 1ªArchivo de documentos
D.T. 2ªRegistro electrónico y archivo electrónico único
D.T. 3ªRégimen transitorio de los procedimientos
D.T. 4ªRégimen transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general
D.T. 5ªProcedimientos de responsabilidad patrimonial derivados de la declaración de inconstitucionalidad de una norma o su carácter contrario al Derecho de la Unión Europea
D. Derog.Derogación normativa
D.F. 1ªTítulo competencial
D.F. 2ªModificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
D.F. 3ªModificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social
D.F. 4ªReferencias normativas
D.F. 5ªAdaptación normativa
D.F. 6ªDesarrollo normativo de la Ley
D.F. 7ªEntrada en vigor

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Ley 39/2015, de 1 de octubre
TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas · CAPÍTULO I. Normas generales de actuación
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Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar

1. Excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el apartado 5 del artículo 21, el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.

2. Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.

Texto oficial extraído del BOE · Legislación consolidada
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