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LCDLey de Competencia Desleal
▶CAPÍTULO I. Disposiciones generales
1Finalidad
2Ámbito objetivo
3Ámbito subjetivo
4Ámbito territorial
▶CAPÍTULO II. Actos de competencia desleal
4.2Cláusula general
5Actos de engaño
6Actos de confusión
7Omisiones engañosas
8Prácticas agresivas
9Actos de denigración
10Actos de comparación
11Actos de imitación
12Explotación de la reputación ajena
13Violación de secretos
14Inducción a la infracción contractual
15Violación de normas
16Discriminación y dependencia económica
17Venta a pérdida
▶CAPÍTULO III. Acciones derivadas de la competencia desleal
18Publicidad ilícita
▶CAPÍTULO III. Prácticas comerciales con los consumidores o usuarios
19Prácticas comerciales desleales con los consumidores
20Practicas engañosas por confusión para los consumidores
21Prácticas engañosas sobre códigos de conducta u otros distintivos de calidad
▶CAPÍTULO IV. Disposiciones procesales
22Prácticas señuelo y prácticas promocionales engañosas
23Practicas engañosas sobre la naturaleza y propiedades de los bienes o servicios, su disponibilidad y los servicios posventa
24Prácticas de venta piramidal
25Prácticas engañosas por confusión
26Prácticas comerciales encubiertas
27Otras prácticas engañosas
28Prácticas agresivas por coacción
29Prácticas agresivas por acoso
30Prácticas agresivas en relación con los menores
31Otras prácticas agresivas
▶CAPÍTULO IV. Acciones derivadas de la competencia desleal
32Acciones
33Legitimación activa
34Legitimación pasiva
35Prescripción
36Diligencias preliminares
▶CAPÍTULO V. Códigos de conducta
37Fomento de los códigos de conducta
38Acciones frente a códigos de conducta
39Acciones previas frente a empresarios y profesionales adheridos a códigos de conducta
D.A. 1ªDefinición de publicidad
D.T. 1ª
D. Derog.

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Ley de Competencia Desleal
Ley 3/1991, de 10 de enero
CAPÍTULO II. Actos de competencia desleal
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Actos de comparación

La comparación pública, incluida la publicidad comparativa, mediante una alusión explícita o implícita a un competidor estará permitida si cumple los siguientes requisitos:

a) Los bienes o servicios comparados habrán de tener la misma finalidad o satisfacer las mismas necesidades.

b) La comparación se realizará de modo objetivo entre una o más características esenciales, pertinentes, verificables y representativas de los bienes o servicios, entre las cuales podrá incluirse el precio.

c) En el supuesto de productos amparados por una denominación de origen o indicación geográfica, denominación específica o especialidad tradicional garantizada, la comparación sólo podrá efectuarse con otros productos de la misma denominación.

d) No podrán presentarse bienes o servicios como imitaciones o réplicas de otros a los que se aplique una marca o nombre comercial protegido.

e) La comparación no podrá contravenir lo establecido por los artículos 5, 7, 9, 12 y 20 en materia de actos de engaño, denigración y explotación de la reputación ajena.

Se modifica por el art. 1.8 de la Ley 29/2009, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-21162

Texto oficial extraído del BOE · Legislación consolidada