Índice
Visitados
LN6
LNLey del Notariado
▶TÍTULO I. De los notarios
1
2
3
4
5
6
7
8
9
▶TÍTULO II. Requisitos para obtener y ejercer la fe pública
10
11
12
13
14
15
16
▶TÍTULO III. Del protocolo y copias del mismo que constituyen instrumento público
17
17 bis
17 ter
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
31
32
33
34
35
▶TÍTULO IV. De la propiedad y custodia de los protocolos e inspección de las notarías
36
38
39
40
▶TÍTULO V. Del Gobierno y disciplina de los Notarios
41
42
43
44
▶TÍTULO VI. Derechos y premios de los Notarios
45
46
47
48
▶TÍTULO VII. Intervención de los Notarios en expedientes y actas especiales
▶CAPÍTULO I. Reglas generales
▶CAPÍTULO II. De las actas y escrituras públicas en materia matrimonial
▶CAPÍTULO III. De los expedientes en materia de sucesiones
▶CAPÍTULO IV. De los expedientes en materia de obligaciones
▶CAPÍTULO V. Del expediente de subasta notarial
▶CAPÍTULO VI. De los expedientes en materia mercantil
▶CAPÍTULO VII. De los expedientes de conciliación
D.A. 1ªReferencias al Código Civil
D.A. 2ª
D.T. 1ª
D.T. 2ª
D.T. 3ª
D.T. 4ª
D.T. 5ª
D.T. 6ª
D.T. 7ª
D.T. 8ª
D.T. 9ª
D.T. 10ª
D.T. 11ª
LN
Ley del Notariado
Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862
TÍTULO I. De los notarios
6

Artículo 6

En caso de muerte, enfermedad, ausencia, inhabilitación o cualquiera otro género de imposibilidad de un Notario, se encargará del protocolo y le sustituirá el que al tiempo de la creación de las notarías haya sido designado para este objeto.

En los distritos judiciales cada uno de los Notarios sustituirá al otro en caso de muerte, ausencia o imposibilidad.

Cuando esto no fuere posible por cualquier causa, el Juez de primera instancia habilitará sustituto accidental de entre los Notarios más inmediatos hasta la resolución del Gobierno, al cual dará parte por medio del Regente de la Audiencia.

Este, a su vez, dictará las disposiciones convenientes para asegurar el servicio público hasta la resolución del Gobierno.

El sustituto cesará en el desempeño de su cargo tan luego como tome posesión el nuevamente electo, o deje de existir la imposibilidad del Notario a quien sustituya.

Texto oficial extraído del BOE · Legislación consolidada
Recomendaciones
Sin recomendaciones para este artículo.