LSP
Ley de Sociedades Profesionales
Ley 2/2007, de 15 de marzo
IV
3Sociedades multidisciplinares
Las sociedades profesionales podrán ejercer varias actividades profesionales, siempre que su desempeño no se haya declarado incompatible por norma de rango legal.
Se modifica por el art. 6.1 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20725
Texto oficial extraído del BOE · Legislación consolidada
Recomendaciones
LSCArt. 1
Sociedades de capital
LSCArt. 23
Estatutos sociales
LSCArt. 33
Efectos de la inscripción
CdCArt. 1
El Código de Comercio referido se observará como Ley en
CdCArt. 2
Un ejemplar de la edición oficial, firmado por Mí y ref
CdCArt. 16
1. El Registro Mercantil tiene por objeto la inscripció
CCArt. 1254
El contrato existe desde que una o varias personas cons
CCArt. 1255
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusula
CCArt. 1258
Los contratos se perfeccionan por el mero consentimient